Madrid, 19 oct (EFE).- El Tribunal Supremo español revisará su propia y polémica sentencia para decidir si aplica o no el criterio de que sean los bancos y no los clientes, como hasta ahora, los obligados a pagar los impuestos de actos jurídicos documentados vinculados a un crédito hipotecario, como los de tipo notarial.

En esa sentencia, que difundió ayer mismo, el TS rectificaba su propia doctrina, por la que eran los clientes los que tenían que cumplir con esa obligación fiscal hasta ahora.

La decisión provocó fuertes bajadas bursátiles de la banca española por temor a los posibles efectos negativos futuros en sus balances contables, y también los retroactivos si los afectados reclaman la devolución de lo pagado como impuestos.

Las entidades financieras perdieron ayer más de 5.500 millones de euros (6.300 millones de dólares) de capitalización, mientras que hoy cotizaban de manera dispar antes de que cerrara la bolsa.

El fallo del Supremo generó ayer numerosas reacciones desde el ámbito financiero, político y de los consumidores.

Apenas veinticuatro horas, en una decisión inusual, la sala de lo Contencioso Administrativo del TS justificó hoy la decisión de revisar la sentencia por el "giro radical" de su jurisprudencia sobre este asunto y en su "enorme repercusión económica y social", informó mediante un comunicado.

El TS acordó paralizar urgentemente todos los recursos planteados contra esa sentencia.

Sin embargo, según fuentes jurídicas, esto no implica la suspensión de la sentencia, que continuará vigente hasta que el pleno de TS, compuesto por 31 jueces, se reúna próximamente.

De lo que decidan los magistrados dependerá la futura resolución de los recursos de casación.

El Supremo argumentó que el pago del gravamen debe correr por cuenta del banco como único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de la hipoteca en el registro.

Aún se desconoce si la sentencia se aplica con carácter totalmente retroactivo desde la entrada en vigor de la legislación que implantaba los actos jurídicos documentados, en 1995.

Los bancos concedieron entre julio de 2014 y el mismo mes de 2018 cerca de 1,5 millones de préstamos hipotecarios en España.

El importe de estas operaciones rondó el equivalente a los 190.000 millones de euros.

Dado que el gravamen supone entre el 0,5 % y el 1,5 % del importe total del préstamo, las entidades financieras podrían - eventualmente - tener que desembolsar alrededor de 1.900 millones de euros (2.755 millones de dólares).