Bruselas, 24 oct (EFE).- El Tribunal General de la Unión Europea (UE) concluyó este jueves que la forma del "Cubo de Rubik" no puede ser una marca europea y confirmó su anulación, en contra de la empresa Rubik's Brand Ltd, propietaria de la misma.

Según los jueces europeos, las características esenciales de la forma del cubo "son necesarias para obtener el resultado técnico consistente en la capacidad de rotación del producto, por lo que dicha forma no debería haber podido registrarse como marca de la Unión".

La decisión se refiere al litigio que comenzó en 2006 cuando Simba Toys, fabricante de juguetes alemán, solicitó a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) la anulación de la marca tridimensional del "Cubo de Rubik", que la agencia había registrado en 1999.

La EUIPO desestimó la solicitud, que fue recurrida por Simba Toys ante el Tribunal General de la UE, que a su vez desestimó la apelación en 2014, al considerar que la forma cúbica controvertida no incorporaba una solución técnica que impidiera protegerla como marca.

Simba Toys se dirigió entonces al Tribunal de Justicia contra esa decisión y esa corte anuló en 2016 tanto la sentencia del Tribunal General como la resolución de la EUIPO.

A raíz de la sentencia, la Oficina Europea de Propiedad Intelectual adoptó una nueva resolución en 2017, anulando el registro de la marca.

Rubik's Brand Ltd, propietario actual de la marca controvertida, impugnó esta última resolución de la EUIPO ante el Tribunal General.

En su sentencia de hoy, el Tribunal General confirma la resolución impugnada y desestima el recurso de Rubik's Brand.

Los jueces europeos concluyen que el "Cubo de Rubik" sólo puede tener, en efecto, forma de cubo y que las características esenciales del mismo impiden su registro como marca.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *