Raleigh.- Los beneficios migratorios disponibles para las víctimas de violencia doméstica y otros delitos fueron explicados al detalle el pasado viernes durante una conferencia realizada por la organización InStepp con motivo del Día Internacional de la Mujer.

En el evento, al cual asistieron alrededor de 50 personas, una oficial del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) y una abogada de inmigración explicaron de manera muy didáctica las diferencias entre los tres beneficios humanitarios que otorga el gobierno de los Estados Unidos a las víctimas de delitos como son la Visa T, la Visa U y la Ley de violencia contra la mujer (VAWA) y los procedimientos para obtenerlos.

La intervención central corrió a cargo de Lisa Wohlrab, supervisora de la oficina de USCIS de Durham, quien detalló los requisitos y beneficios de los tres programas humanitarios antes citados.

Por ejemplo, especificó que mientras para aplicar a la Visa T, la víctima de tráfico humano debe estar presente en el país, quienes han sufrido otros delitos criminales pueden solicitar una Visa U incluso estando fuera del país.

Entre otros detalles importantes, Wohlrab subrayó que las visas U tienen un límite de 10,000 por cada año fiscal mientras que las visas T son 5,000 por cada periódio y la Ley VAWA no tiene un número tope de solicitantes.

Wohlrab también advirtió durante su presentación el peligro que implica para los solicitantes confiar sus procesos migratorios a personas que no son abogados calificados, como notarios o asistentes legales.

Finalmente, Wohlrab dio un pequeño taller sobre el proceso para obtener la ciudadanía estadounidense que incluyó un simulacro de entrevista.

Posteriormente, la abogada Yesenia Polanco, del estudio de abogados Fayad Law dio información y recomendaciones sobre cómo aplicar a los beneficios de la Visa T, la Visa U y la Ley VAWA.

Durante el evento también participaron como ponentes Becky Sansbury, especialista en recuperación de crisis quien habló sobre cómo superar un shock tras ser víctima de violencia o crimen.

Al cierre de la conferencia la Secretaria de Estado de Carolina del Norte, Elaine Marshall dio un emotivo discruso sobre los retos que afrontan las mujeres en el Siglo 21.

“Estamos muy contentas muy contentas con la conferencia, creo que la información que se dio estuvo muy completa y se hizo de una manera muy articulada”, declaró Martha Morales, Directora de Programas Culturales de InStepp Inc.

“Asistieron muchas personas de la comunidad, no solamente de las organizaciones, que pudieron resolver muchas dudas y encontrar respuestas a sus preguntas”, añadió Morales.

Diferencias entre los programas humanitarios para inmigrantes que son víctimas de delitos

VISA T VISA U

 

LEY VAWA


Es una visa de no inmigrante para víctimas de tráfico humano. Hay un límite de 5,000 visas por año fiscal

Es una visa de no inmigrante para víctimas de diversos delitos. Tiene un límite de 10,00 visas por año fiscal.

La Ley de Violencia contra la Mujer otorga alivio migratorio a víctimas de violencia doméstic

Usted califica si:

Usted califica si:

Usted califica si:

Es o ha sido víctima de trata de personas según la ley.

Es víctima de un acto criminal calificado.

Es cónyuge, hijo o padre de un abusador que es ciudadano de EU o residente permanente.

Ha estado presente en Estados Unidoso cuando ocurrió el tráfico humano.

Ha sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de haber sido víctima de un acto criminal.

Tiene o tuvo una relación calificada con el abusador.

Cumple con las peticiones razonables de ayuda en la investigación o procesamiento penal del traficante.

Ha ayudado, está ayudando, o es probable que ayude a las entidades policiales en la investigación o procesamiento penal del crimen.

Ha sufrido agresión o extrema crueldad por el abusador.

Demuestra que sufriría dificultades extremas relacionadas con daños personales extraordinarios y serios si se le hiciera salir de los Estados Unidos.

El crimen ocurrió en los Estados Unidos o violó las leyes del país.

Vive o ha vivido con el abusador.

Puede demostrar que tiene buen carácter moral.

En caso de los cónyuges, debe estar o haber estado casado con el abusador en buena fe.

Para aplicar necesita:

Para aplicar necesita:

Para aplicar necesita:

Estar presente en los Estados Unidos.

Estar presente en los Estados Unidos o fuera del país.

Llenar una forma I-360 sin tener que pagar la tarifa.

Llenar una forma I-914 sin tener que pagar.

Llenar una forma I-918 sin tener que pagar.

Presentar una certificación firmada por una agencia del orden (opcional).

Presentar una certificación firmada por una agencia del orden (obligatorio).

 

Beneficios:

Beneficios:

Beneficios:

Puede trabajar en EU (permiso de trabajo automático).

Válida por 4 años, renovables.

Al aprobarse su petición se le otorga Acción Diferida para evitar su deportación y obtiene un permiso de trabajo.

Válida por 4 años, renovables.

Puede trabajar en EU (permiso de trabajo automático).

Puede ajustar estatus y solicitar residencia permanente.

Puede aplicar por la Green Card en tres años.

Puede aplicar por la Green Card en tres años.

Familiares inmediatos pueden aplicar por la residencia.

Familiares inmediatos son elegibles para la visa.

Familiares inmediatos son elegibles para la visa.

Cambios en el estatus migratorio del abusador no afectan su petición.

Puede aplicar sin permiso ni conocimiento del abusador.